Impuesto de Sociedades 2025: Lo Que Toda Empresa Española Debe Saber Antes del 25 de Julio
⚠️ Plazo clave: La declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 debe presentarse entre el 1 y el 27 de julio de 2026 (el 25 cae en sábado, por lo que el plazo se amplía al siguiente hábil). Si su empresa no actúa ahora, llegará tarde.
¿Qué Es el Impuesto sobre Sociedades y Por Qué Es Urgente Revisarlo?
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es el tributo directo que grava la renta obtenida por todas las personas jurídicas residentes en España: sociedades limitadas, anónimas, cooperativas, fundaciones, fondos de inversión y otras entidades con personalidad jurídica propia. Su base normativa es la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, y su Reglamento aprobado por el Real Decreto 634/2015.
La campaña del IS 2025 —que se presenta en 2026— no es una más. Llega con una reforma estructural de los tipos de gravamen, nuevos incentivos de capitalización y el estreno del impuesto mínimo global del 15% para grandes grupos. Ignorar estas novedades puede costar a su empresa miles de euros en cuota no optimizada o, peor, en sanciones por errores formales.
Los Nuevos Tipos de Gravamen: ¿Cuánto Paga Su Empresa?
La Ley 7/2024 introdujo una senda progresiva de reducción de tipos que ya tiene efectos directos en la declaración de 2025:
| Tipo de entidad | Tipo IS 2025 (declaración en 2026) |
| Tipo general | 25 % |
| Pymes (cifra de negocio 1–10 M€) | 23 % |
| Micropymes (< 1 M€): primeros 50.000 € de BI | 19 % |
| Micropymes (< 1 M€): resto de base imponible | 21 % |
| Entidades de nueva creación / startups | 15 % (primeros 4 ejercicios con BI positiva) |
| Cooperativas fiscalmente protegidas | ~20 % |
| Entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002) | 10 % |
Dato clave para pymes: la senda continúa. En 2029, el tipo para empresas de reducida dimensión llegará al 20 %. Una planificación fiscal anticipada permite capitalizar cada escalón de bajada.
Las 4 Novedades Más Relevantes del IS 2025
- Reserva de Capitalización Reforzada al 20%
La reducción en base imponible por incremento de fondos propios sube del 15 % al 20 % con carácter general. El porcentaje puede incrementarse adicionalmente si la empresa aumenta su plantilla media y lo mantiene durante tres ejercicios. Para micropymes, el límite aplicable es del 25 %. Esta es, quizás, la palanca de optimización más potente y menos utilizada por el tejido empresarial español.
- Nuevo Modelo 200: Actualización CNAE y Nueva Casilla de Plantilla
El Ministerio de Hacienda ha puesto en audiencia pública un nuevo Modelo 200 que incorpora la obligación de declarar la actividad con la CNAE 2025 (en sustitución del CNAE 2009) y una nueva casilla específica para informar del incremento de plantilla media, dato necesario para aplicar correctamente los beneficios de la reserva de capitalización.
- Impuesto Mínimo Global del 15% para Multinacionales
Los grupos con ingresos anuales superiores a 750 millones de euros quedan sujetos al impuesto complementario global (Pilar 2 de la OCDE). El primer pago fraccionado de este tributo se realiza entre el 1 y el 20 de julio de 2026, en paralelo a los pagos fraccionados ordinarios del IS.
- Declaración Rectificativa: Fin del Modelo Complementario
El nuevo reglamento introduce la declaración rectificativa, que unifica los antiguos modelos complementarios y las solicitudes de rectificación en un único procedimiento. Un cambio de procedimiento que simplifica la corrección de errores, pero que exige conocer el trámite correcto para evitar recargos.
¿Qué Deducciones No Puede Dejar Escapar?
Una declaración del IS bien construida no es solo cumplimiento: es optimización fiscal legítima. Entre las principales deducciones vigentes para el ejercicio 2025:
- I+D+i: Deducción de hasta el 42% del gasto en investigación y desarrollo. Una de las más potentes y frecuentemente infrautilizadas.
- Creación de empleo: Deducciones específicas por contratación de trabajadores con discapacidad (3.000 € por trabajador de jornada completa).
- Inversión en vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga (amortización libre, sujeta a convalidación normativa).
- Donaciones y mecenazgo: Deducción de hasta el 40 % —o el 45 % si la donación es recurrente— sobre aportaciones a ONGs o fundaciones acogidas a la Ley 49/2002.
- Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, con los límites establecidos según el volumen de negocio.
Nassalawconsultores: Su Asesoría Jurídica y Fiscal de Confianza en Madrid
En Nassalawconsultores combinamos la precisión jurídica con la visión estratégica empresarial. No nos limitamos a presentar su declaración: analizamos su estructura, identificamos oportunidades de optimización y garantizamos el cumplimiento normativo en un entorno fiscal en constante cambio.
¿Qué hacemos por su empresa?
✅ Revisión de la base imponible y aplicación de todos los incentivos vigentes
✅ Gestión y presentación del Modelo 200, 202 y 220
✅ Planificación fiscal anticipada: reserva de capitalización, compensación de BINs, deducciones por I+D+i
✅ Representación ante la AEAT en procedimientos de comprobación
✅ Asesoramiento en operaciones de reestructuración societaria con impacto fiscal
📞 No espere al 1 de julio. Actúe ahora.
El tiempo que invierte hoy en planificación fiscal es directamente proporcional al ahorro que obtendrá en julio.
Contáctenos sin compromiso:
📧 [admin@nassalawconsultores.com]
🌐 [www.nassalawconsultores.com]
📍 Madrid · Consulta presencial y telemática disponible
© 2026 Nassalawconsultores. Este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Para un análisis adaptado a su situación específica, consulte con nuestro equipo.
Etiquetas SEO: impuesto sociedades 2025, modelo 200 2026, plazo declaración IS julio 2026, novedades IS pymes, reserva capitalización 2025, tipo reducido sociedades, asesoría fiscal Madrid, nassalawconsultores
